Novedad en Prisiones Domiciliarias
Protocolo de Actuación del Centro de Control de Personas Bajo Vigilancia Electrónica
EJECUCIÓN PENAL
Tristán Reyna Martinez
11/10/20251 min read
El pasado 7/10/25, el Ministerio de Justicia y Trabajo de la Provincia de Córdoba puso en vigencia el Protocolo de Actuación del Centro de Control de Personas Bajo Vigilancia Electrónica dispuesto mediante resolución 159/2020.
Conforme establece el artículo 33 de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, como regla, al conceder la prisión domiciliaria de exige un dispositivo electrónico de Control cuya dispensa sólo puede ser acordada por un órgano judicial.
Así, el presente Protocolo busca constituir una instancia de mejor control sobre el cumplimiento de una modalidad de encierro beneficiosa a la vez que otorga mayores seguridades al órgano jurisdiccional al momento de evaluar su concesión. Por otra lado, constituye una gestión pendiente a descongestionar la sobrepoblación carcelaria.
Así, mediante la implementación del Protocolo, se busca también estandarizar las pautas de actuación y comunicación entre los distintos actores del sistema, orientada a precisar la metodología aplicable en los procesos de evaluación, colocación, seguimiento y control de los dispositivos electrónicos.
Finalmente, cabe resaltar que el Protocolo fue aprobado por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba mediante Acuerdo Reglamentario Nº 1924 Serie "A" del 23/10/2025.
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Tristán Reyna Martínez, abogado penalista.